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lunes, 4 de octubre de 2010

BALANCE Y PERSPECTIVA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL

BALANCE Y PERSPECTIVA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL
Por: Edhín Campos Barranzuela (1)


Este primero de abril, se conmemora un año de vigencia del Nuevo Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales de Tumbes, Piura y Lambayeque y a la vez en esa misma fecha entrará en vigencia en tres distritos más, como San Martín, Amazonas y Cajamarca y sumarán en consecuencia dieciséis los Distritos Judiciales en donde se encuentra vigente el NCPP, faltando solamente ocho Distritos, en donde se encuentra la gran Lima.

En tal sentido corresponde realizar un primer balance de sus defectos y bondades y qué mejor que los propios operadores jurídicos para dar un mejor concepto sobre su inminente puesta en vigencia a nivel nacional. Indudablemente el NCPP viene transformando las viejas estructuras inquisitivas del sistema procedimental punitivo y viene abriendo paso a una nueva cultura garantista, acorde con la nueva corriente procesal penal en América Latina.

Al inicio la mayoría de operadores jurídicos, llámese jueces, fiscales, abogados y policías se encontraban un tanto preocupados y nerviosos sobre el advenimiento de esta reforma judicial, pues se preguntaban, que cambiará en los paradigmas procesales?,¿se podrá cambiar de mentalidad de la cultura litigiosa a la cultura de los acuerdos reparatorios o de oportunidad? ¿ habrá mayor garantía en las audiencias previas y juicios públicos en los procesos penales? y toda esta reforma permitirá disminuir los altos índices de la delincuencia que se vive en nuestra sociedad?, estas fueron algunas de las preguntas que se hacían en los pasillos del Poder Judicial, el Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Colegio de Abogados y las Delegaciones Policiales.

Con la puesta en marcha de esta nueva legislación procesal penal, se ha permitido mayor celeridad en los procesos judiciales, pues las causas son más cortas y se sustancian con todas las garantías constitucionales de la tutela jurisdiccional efectiva, derecho de defensa y del debido proceso, pues no hay que perder de vista que la actual situación penitenciaria ha conllevado que la mayor cantidad de procesados, tengan la condición jurídica de inculpados, que de sentenciados.

En los Distritos Judiciales en donde se encuentra en vigencia el NCPP, para mencionar uno ejemplo, el índice delincuencial, si bien no ha disminuido ostensiblemente, la aprobación al sistema penal de justicia ha logrado el reconocimiento de la población, que siente que con este nuevo modelo procesal, existe una mejor garantía procesal, es por ello que es necesario profundizar esta reforma judicial para que los juicios sean rápidos y tengan una sentencia justa, pues no debemos perder de vista que este nuevo sistema procesal penal, se caracteriza porque existe una clara división de funciones, por parte del Ministerio de la defensa y del Ministerio Público, reforzándose el principio acusatorio, a través de la oralidad, la contradicción, inmediación y la publicidad, además se refuerza el principio de imparcialidad judicial, el Juez de la Investigación Preparatoria o Unipersonal de Juzgamiento debe encargarse de resolver la causa judicial, sin tratar de sustituir a las partes.

Otro aspecto positivo del NCPP es que con su implementación, las denuncias de corrupción se ha reducido a cero, al igual que las tachas y quejas contra los magistrados y la transparencia de los procesos es la permanente constante, es por ello que se hace un llamado a las autoridades pertinentes, para su inmediata puesta en vigencia a nivel nacional y así luchar todos juntos contra la delincuencia y el crimen organizado.

__________________

(1) Juez Penal Titular Unipersonal de Talara, Magíster, Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Piura, Licenciado en Ciencias de la Comunicación Social y Profesor Universitario.

FUENTE
INSTITUTO DE CIENCIA PROCESAL PENAL
http://www.incipp.org.pe

Descargar Artículo en Formato PDF
http://www.incipp.org.pe/modulos/documentos/descargar.php?id=344

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